Si has sido afectado por una cláusula suelo o cualquier otra cláusula abusiva en tu contrato hipotecario, debes saber que tienes derecho a reclamar a tu entidad financiera. En este artículo, explicaremos el proceso de reclamación extrajudicial , los plazos legales que tiene el banco para responder y cómo proceder en caso de negativa o falta de respuesta.
¿Qué es una cláusula suelo y otras cláusulas abusivas?
Cláusula suelo
Las cláusulas suelo limitan la bajada del tipo de interés en una hipoteca variable, impidiendo que el cliente se beneficie de reducciones en el Euríbor. En España, muchas de estas cláusulas han sido declaradas abusivas por falta de transparencia.
Otras cláusulas abusivas
Existen otras cláusulas que pueden considerarse abusivas en los contratos hipotecarios:
- Gastos hipotecarios : La entidad financiera transfirió todos los gastos de formalización de la hipoteca al consumidor (notaría, gestoría, registro).
- IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) : En algunos casos, este índice ha sido aplicado de manera opaca, lo que permite su reclamación.
- Vencimiento anticipado : Cláusulas que permiten al banco ejecutar la hipoteca ante un pequeño impago.
- Intereses de demora abusivos : Intereses excesivamente altos en caso de impago.
Reclamación extrajudicial de cláusulas suelo y otras cláusulas abusivas
Desde 2017, el Real Decreto-Ley 1/2017 establece un mecanismo de reclamación extrajudicial obligatorio para la devolución de las cantidades pagadas indebidamente por cláusulas suelo. Este procedimiento también es aplicable a otras cláusulas abusivas, aunque con matices.
1. Presentación de la recuperación al banco
El primer paso es presentar una reclamación formal ante la entidad financiera , solicitando la nulidad de la cláusula y la devolución de las cantidades pagadas de más. Esta reclamación puede realizarse por escrito en la oficina del banco o mediante burofax o correo certificado para que de constancia.
2. Plazo de respuesta del banco
- Cláusulas suelo : El banco está obligado a responder en un máximo de 3 meses desde la presentación de la reclamación.
- Otras cláusulas abusivas : No existe un plazo específico en la normativa, pero según la Ley de Defensa de los Consumidores y Usuarios, el banco debe dar una respuesta en un plazo razonable , generalmente de 1 a 2 meses .
3. Respuesta del banco: opciones
La entidad puede:
- Aceptar la devolución : Debe calcular la cantidad a devolver y hacer una propuesta al consumidor.
- Negarse a devolver el dinero : En este caso, el afectado puede optar por la vía judicial.
- No responde en el plazo establecido : Se entiende que la entidad no acepta la devolución y el cliente puede acudir a los tribunales.
Reclamación judicial: ¿cuándo acudir al juzgado?
Si el banco rechaza la reclamación o no responde en el plazo establecido, el siguiente paso es la vía judicial. En estos casos, es recomendable contar con Cristóbal Gutiérrez especializado en derecho bancario en Málaga para presentar una demanda ante el Juzgado correspondiente.
Conclusión
Si tienes una cláusula suelo o cualquier otra cláusula abusiva en tu hipoteca, tienes derecho a reclamar. La vía extrajudicial es el primer paso y, en caso de negativa, puedes acudir a los tribunales para recuperar tu dinero. Contacta con Abogado por Málaga, tu abogado experto en reclamaciones bancarias en Málaga para analizar tu caso y defender tus derechos.